en defensa de calatrava
La defensa de Calatrava recurre la sentencia del 'Zubi-zuri'
Un juzgado de Bilbao desestimó en noviembre su demanda contra el Ayuntamiento de la capital vizcaína por las modificaciones introducidas en su puente para añadir una pasarela del japonés Isozaki
05.02.08 - 19:45 -
Vista del puente de Calatrava. /Archivo
El arquitecto valenciano Santiago Calatrava ha recurrido la sentencia que desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Bilbao por las modificaciones introducidas en el puente Zubi-zuri.
En noviembre pasado, el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Bilbao dictó sentencia desestimando la demanda que el arquitecto presentó contra el Ayuntamiento de Bilbao y las promotoras Vizcaína de Edificaciones SA y Lariam 95 SL. por considerar que se habían vulnerado sus derechos de propiedad intelectual. En concreto, se refería a la modificación no consentida por su parte de su puente Zubi-zuri de Bilbao, al que se añadió una pasarela del japonés Isozaki, eliminando para ello parte de la barandilla.
Calatrava, que ha recurrido la sentencia ante la Audiencia Provincial, señala en su recurso que la sentencia ha realizado una ponderación de intereses incorrecta porque no existía un verdadero interés público digno de tutela, sino tan sólo una utilidad pública, porque había muchas alternativas para satisfacer esta utilidad pública sin dañar los derechos de Calatrava y porque existe otro interés público que ha sido olvidado y desatendido, que la conservación del patrimonio histórico.
Derechos de autor
El arquitecto valenciano solicita que, incluso en el caso de que no se considere procedente demoler la nueva pasarela por la utilidad que presta en la actualidad, en todo caso se declare la vulneración de los derechos de autor de Calatrava y se le compense económicamente por los daños sufridos. En el recurso que ha presentado Calatrava, se rebate la ponderación de intereses que lleva a cabo la sentencia, discutiendo que en este caso concreto exista un verdadero interés público que prevalezca sobre el derecho de autor.
Según han informado fuentes próximas al arquitecto, en su recurso matiza que se muestra conforme con la mayoría de los argumentos jurídicos contenidos en la sentencia, en la medida en que se está reconociendo con carácter general que las obras arquitectónicas originales deben ser objeto de protección por la Ley de Propiedad Intelectual y que las modificaciones o adiciones que sufran las mismas son susceptibles de alterar la idea y la concepción artística que tuvo su autor. En este sentido, la sentencia es valorada como un avance positivo para el campo de la arquitectura y el recurso se interpone desde el respeto a la labor de estudio y documentación realizada por el juzgado.
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao dictó sentencia el pasado mes de noviembre en la cual reconocía que el Puente Zubi-zuri era una obra artística digna de protección por el derecho de autor, y que la nueva pasarela añadida rompía totalmente la integridad de la obra, alterando su personalidad y la concepción original del autor. Sin embargo, terminaba desestimando la demanda por considerar que había un interés público al tránsito peatonal de los ciudadanos de Bilbao que prevalecía sobre el interés privado del autor.
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